Senadores del PRD renuncian a su fuero

En conferencia de prensa, el coordinador de los senadores del PRD, Miguel Barbosa, y el legislador Armando Ríos Piter informaron que pedirán a la Mesa Directiva del Senado que les quite el fuero constitucional que adquirieron al ser votados al cargo.

«Pero como nos van a decir que es irrenunciable, pues entonces iremos a la Suprema Corte a iniciar un juicio, porque el fuero daña nuestra imagen pública, porque hoy la gente ya no quiere servidores públicos con privilegios y es el siguiente paso que debemos dar en el combate a la corrupción», explicó Ríos Piter.

En tribuna, Barbosa presentó la iniciativa de modificaciones a diversos artículos, para plantear la eliminación del fuero constitucional de los servidores públicos.

En el caso del artículo 108, se plantea que el Presidente de la República, durante su mandato, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común.

Se propone la modificación integral del artículo 110 para establecer un nuevo esquema de juicio político, cuyo objeto sea confirmar o revocar en su cargo al servidor público que por sus acciones u omisiones directas o indirectas, vea cuestionada su legitimidad, pierda la confianza que le fue conferida cuando en su nombramiento haya intervenido el Congreso o afecte la institucionalidad democrática del Estado.

«Conservamos el principio rector según el cual no procede el Juicio Político por la mera expresión de ideas», indica la iniciativa turnada a comisiones.

En cuanto a los funcionarios que están sujetos a este mecanismo de responsabilidad política, se considera a los servidores públicos de elección popular adscritos a la federación, los secretarios de estado, incluyendo al Fiscal General de la República, los integrantes de los órganos de gobierno de los organismos constitucionales autónomos, los titulares de las Empresas Productivas del Estado (PEMEX y CFE), los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal y los titulares de los organismos del sector paraestatal.

El proceso iniciaría con la acusación que presente cualquier persona física o moral de nacionalidad mexicana ante la Cámara de Diputados, es decir se le da capacidad a las personas morales de exigir esa responsabilidad.

A la vez, se releva de la carga de la prueba al denunciante, pues corresponderá a la Cámara de Diputados investigar, en un plazo de 30 días hábiles, los hechos que motivan la acusación y determinar si existen motivos para separar del cargo al servidor público acusado.

De ser así, la Cámara de Diputados, por votación de la mayoría de sus miembros presentes, decidirá si respalda la acusación, iniciará el proceso y en tal caso la remitirá al Senado.

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